Deducción de inmueble sin IVA


Sabemos que los inmuebles destinados a ser casa habitación están exentos de IVA; sin embargo hay veces que se confunde con que los inmuebles que arquitectónicamente sean casas, están exentos y no es así.

Esto derivado de que un despacho de arquitectos adquirió una casa para ser utilizada como oficina. El broker que les ayudó con la venta, les comentó que al ser una casa estaba exento de IVA, y así fue estipulado en las escrituras.

Sin embargo, cuando la Secretaría de Finanzas de ese estado, realizó una auditoría, determinó que ese inmueble no podría ser deducido, ya que había sido adquirido para ser usado como “casa” y no como oficina.

Esto es porque la exención de IVA no tiene que ver con cómo se ve el inmueble ni si tiene cuartos, baños y cocina, sino con el uso que se le dará.

Así, si un inmueble tiene recamaras, cocina, baños, pero será utilizado como oficina, entonces deberá de llevar IVA, no importando que comercial o arquitectónicamente sea y parezca una casa; para efectos del IVA lo que importa es el uso.

Siempre asesórate con tu contador y abogado fiscalista; los broker inmobiliarios, de seguros y/o notarios, tienen conocimiento general de las operaciones pero no conocen tu situación particular.

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CÉSAR RAMIREZ

El socio director de nuestra firma es César Ramírez, quien es Licenciado en Derecho, Licenciado en Contaduría y Maestro en Impuestos por la Benemérita Universidad Autónoma de Zacatecas. En los 3 programas obtuvo el mejor promedio de su generación y en la Licenciatura en Contaduría obtuvo una mención especial por haber obtenido un promedio de 10. Se ha desempeñado a lo largo de más de 10 años en ayudar a las empresas a optimizar su carga fiscal siempre en el marco de la Ley. Actualmente imparte cursos en la academia propia de la firma “Estratega Fiscal”.

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