Seguros deducibles


Recordemos que las personas físicas con actividad empresarial y las persona morales, tienen derecho a deducir todos aquellos costos y gastos que sean estrictamente indispensables para su actividad.

 

En ese sentido, algunos seguros cumplen este requisito y aquí te menciono varios:

 

  • Seguro de inmuebles. Si el inmueble donde esta tu negocio es de la empresa, puedes asegurarlo contra daños.
  • Seguro de contenidos. Asegura tu mercancía y equipo contra un robo, incendio o inundación.
  • Seguro de vehículos. Si tu negocio tiene flota, asegúralos por cualquier accidente.
  • Seguro de responsabilidad civil. Si tu negocio tiene ciertos riesgos que pudieras dañar a terceros por algún accidente, asegúrate contra eso.
  • Seguro de gastos médicos mayores. Esta puede entrar como una deducción personal de las personas físicas, con sus límites, y como una prestación de los trabajadores dentro de un plan de previsión social.
  • Seguro de vida. Si es para los trabajadores, los beneficiarios son sus familiares y está dentro del plan de previsión social.

 

Siempre dicen que es mejor tener un seguro y no necesitarlo, que necesitarlo y no tenerlo.

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CÉSAR RAMIREZ

El socio director de nuestra firma es César Ramírez, quien es Licenciado en Derecho, Licenciado en Contaduría y Maestro en Impuestos por la Benemérita Universidad Autónoma de Zacatecas. En los 3 programas obtuvo el mejor promedio de su generación y en la Licenciatura en Contaduría obtuvo una mención especial por haber obtenido un promedio de 10. Se ha desempeñado a lo largo de más de 10 años en ayudar a las empresas a optimizar su carga fiscal siempre en el marco de la Ley. Actualmente imparte cursos en la academia propia de la firma “Estratega Fiscal”.

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