Recordemos que las personas físicas con actividad empresarial y las persona morales, tienen derecho a deducir todos aquellos costos y gastos que sean estrictamente indispensables para su actividad.
En ese sentido, algunos seguros cumplen este requisito y aquí te menciono varios:
- Seguro de inmuebles. Si el inmueble donde esta tu negocio es de la empresa, puedes asegurarlo contra daños.
- Seguro de contenidos. Asegura tu mercancía y equipo contra un robo, incendio o inundación.
- Seguro de vehículos. Si tu negocio tiene flota, asegúralos por cualquier accidente.
- Seguro de responsabilidad civil. Si tu negocio tiene ciertos riesgos que pudieras dañar a terceros por algún accidente, asegúrate contra eso.
- Seguro de gastos médicos mayores. Esta puede entrar como una deducción personal de las personas físicas, con sus límites, y como una prestación de los trabajadores dentro de un plan de previsión social.
- Seguro de vida. Si es para los trabajadores, los beneficiarios son sus familiares y está dentro del plan de previsión social.
Siempre dicen que es mejor tener un seguro y no necesitarlo, que necesitarlo y no tenerlo.
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