¿Pueden volver a iniciar una auditoría ya concluida?


En algunas ocasiones va a ser necesario irnos a un juicio cuando estamos en contra de un impuesto que nos cobraron. Sin embargo, debes saber que no siempre se puede obtener una victoria total. Muchas veces se obtiene únicamente una victoria parcial.

 

¿Qué significa esto?

 

Normalmente, cuando te vas a un juicio contra un cobro de impuestos, lo que estás diciéndole al tribunal es que la autoridad actuó de manera ilegal y que, por lo tanto, ese cobro también debe ser ilegal.

 

En muchas ocasiones, si efectivamente la legalidad es trascendente, se nulifica completamente la deuda fiscal.

 

Sin embargo, en otras ocasiones, cuando es una violación al procedimiento pero es subsanable, se puede tener una nulidad para efectos, en otras palabras, una victoria parcial.

 

Cuando sucede una nulidad para efectos, normalmente es para que nos regresemos hasta el momento en el que ocurrió la violación dentro de la auditoría, y desde ahí se vuelva a continuar con el proceso.

 

Te pongo el caso más común. Al momento de escribir este artículo, está vigente una jurisprudencia del Tribunal Federal de Justicia Administrativa que señala que la autoridad está obligada a invitar al contribuyente a sus oficinas a darle a conocer los hechos y omisiones, y debe hacerlos por escrito. Sin embargo, en muchas ocasiones no sucede así y únicamente se los daban de manera verbal.

 

En este caso, lo que señala esta jurisprudencia es que, si llega a suceder eso, se va a tener una nulidad para efectos, es decir, se va a regresar la auditoría hasta ese momento para que le den a conocer los hechos y omisiones por escrito, y desde ahí se sigue con el procedimiento.

 

Por lo tanto, no siempre que te vas a un juicio puedes obtener una victoria total.

 

Así que, por eso, es importante que siempre evalúes la posibilidad de que obtengas una nulidad para efectos y, por lo tanto, debes saber cómo volver a enfrentar la auditoria, que dicho sea de paso, es muy raro que se vuelva a equivocar la autoridad, ya que en la demanda inicial, señalaste todos los errores que había cometido dentro de la auditoría y al momento de darle otra vez oportunidad para que continúe la auditoría a la autoridad, van a subsanar todos los vicios que tuvieron, por lo tanto, va a ser muy complicado que se vuelva a lograr una nulidad total en un segundo juicio.

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CÉSAR RAMIREZ

El socio director de nuestra firma es César Ramírez, quien es Licenciado en Derecho, Licenciado en Contaduría y Maestro en Impuestos por la Benemérita Universidad Autónoma de Zacatecas. En los 3 programas obtuvo el mejor promedio de su generación y en la Licenciatura en Contaduría obtuvo una mención especial por haber obtenido un promedio de 10. Se ha desempeñado a lo largo de más de 10 años en ayudar a las empresas a optimizar su carga fiscal siempre en el marco de la Ley. Actualmente imparte cursos en la academia propia de la firma “Estratega Fiscal”.

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