No todo es lo que parece


Te platico la historia de Armando. Armando es una persona que se dedica a hacer flipping inmobiliario, es decir, compra casas dañadas, las restaura y las vende.

 

El modelo de negocio de Armando consiste en “comprar” la casa al dueño. Pongo entre comillas comprar, porque lo hace mediante un contrato privado de compraventa, y obtiene del dueño un poder de dominio sobre la casa ante Notario Público. Entonces, en estricto sentido, la compraventa no está perfeccionada porque recordemos que para que una compraventa de inmuebles sea perfecta deberá estar pasada ante la fe de un Notario Público e inscrita en el Registro Público.

 

Ahora bien, Armando le paga al dueño el precio por la propiedad, en este caso, $500,000. Armando gastó $150,000 en la remodelación, y la vendió en $850,000. Sin embargo, el problema vino cuando su contador le dijo que tendría que pagar un ISR sobre una base de $700,000, ya que los ingresos eran de $800,000 y los gastos deducibles únicamente eran los $150,000 de la remodelación, ya que no tenía CFDI de los $500,000 que le pagó al dueño de la casa.

 

Armando nos contacto para buscar ayuda, ya que no era justo que fuera a pagar un ISR sobre $700,000 si su ganancia había sido solo de $200,000 y no de $700,000.

 

En ocasiones como esta, como asesor fiscal tienes que ver la operación desde otra perspectiva. Legalmente, hasta en tanto no esté perfeccionada la venta, la propiedad sigue siendo del dueño original, tan en así, que cuando Armando vende la casa ante Notario al nuevo comprador, quien aparece como dueño, es el dueño original de la casa, ya que Armando solo actúa como apoderado.

 

En este sentido, lo que está haciendo Armando son operaciones por nombre y cuenta de un tercero.

 

Te pongo la misma operación desde otra perspectiva para que te quede más claro la naturaleza fiscal.

 

Armando le dice al dueño de la casa que se la puede remodelar para venderla en un mejor precio. Armando está tan seguro de su trabajo que le propone al dueño de la propiedad que le dará en garantía $500,000 hasta en tanto no venda la propiedad, y además el correrá con los gastos de la remodelación. Al final que se venda la propiedad, Armando le entregará los $500,000 al señor, el señor le devuelve el depósito de $500,000 a Armando, y Armando cobra la remodelación de la casa.

 

En ese escenario, Armando está vendiendo la remodelación de la casa a crédito, por lo que la operación con Armando sería Ingresos $350,000 (únicamente el costo de la remodelación), menos gastos $150,000, por lo que el deberá pagar impuestos únicamente sobre $200,000 que fue su utilidad.

 

Cuando Armando reciba los $500,000, no serán ingresos para Armando ya que el está actuando como apoderado de una persona donde le pidió que esos $500,000 los recibiera por él y luego los entregue (eso debe decir el poder); con ese documento el va a demostrarle a la Autoridad que esos $500,000 aunque el los recibió en su cuenta, no son de él sino del vendedor original.

 

Como conclusión, platica con tu contador y revisa si entiende de manera contable y legal tu modelo de negocio, ya que puede ser que estés pagando impuestos de más por una mala comunicación.

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CÉSAR RAMIREZ

El socio director de nuestra firma es César Ramírez, quien es Licenciado en Derecho, Licenciado en Contaduría y Maestro en Impuestos por la Benemérita Universidad Autónoma de Zacatecas. En los 3 programas obtuvo el mejor promedio de su generación y en la Licenciatura en Contaduría obtuvo una mención especial por haber obtenido un promedio de 10. Se ha desempeñado a lo largo de más de 10 años en ayudar a las empresas a optimizar su carga fiscal siempre en el marco de la Ley. Actualmente imparte cursos en la academia propia de la firma “Estratega Fiscal”.

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