La donación, aun y cuando sea exenta puede generar impuestos


Existe la falsa creencia que cuando hablamos de una operación de donación, está exenta de impuestos, y si lo está, pero solo en una parte, te platico cómo funciona.

 

Una donación es un acto mediante el cual, una persona le regala un bien o dinero a otra persona sin esperar recibir nada a cambio. Entonces, primero vemos que hay dos partes, donante (quien regala) y donatario (quien recibe); después hay que ver que tipos de impuestos se pudieran generar.

 

En el caso de un inmueble, cuando existe una transmisión de propiedad, es decir, un cambio de propietario, independientemente si es por una venta, donación, cesión o aportación para una sociedad, se detonan cuando menos dos impuestos, uno federal y otro municipal. El federal es el Impuesto Sobre la Renta (ISR) y el municipal el Impuesto Sobre Adquisición de Bienes Inmuebles (ISAI). Si el inmueble es comercial, como una nave industrial o un local comercial, también se pagará el Impuesto al Valor Agregado (IVA).

 

Cuando hablamos de la exención en las donaciones es para quien recibe, ya que recordemos que quien tiene un incremento en su patrimonio, por regla general debe pagar ISR, sin embargo, esta las donaciones son una excepción a las reglas.

 

Ahora bien, cuando una persona transmite una propiedad, no importa si es por venta, donación o cesión, probablemente genere el ISR por la ganancia que obtuvo de esa venta. Me explico:

 

Imagina que Juan compró una casa en 2008 en $1,000,000, en 2023 decide venderla a valor actual que sería de $1,800,000, entonces el deberá de pagar ISR por la ganancia que obtuvo de $800,000.

 

Ahora imaginemos que Juan no va a vender sino que va a donar esa propiedad en 2023; aquí habría dos opciones:

 

La primera es que a la persona que reciba la donación la reciba con un valor de $1,800,000, y Juan debería de pagar ISR por la ganancia de $800,000.

La segunda sería que la persona que reciba la donación la reciba con el mismo valor que tenía cuando la compró Juan en 2008 de $1,000,000. En ese caso Juan no pagaría ISR.

 

Que implicaciones tendría ambos casos:

En el caso que la persona la reciba en $1,800,000, significa que ella cuando venda la propiedad tomará como costo de la propiedad ese $1.8 millones, por lo que si esa persona la vende en $2.1 millones, únicamente pagaría ISR por una utilidad de $300,000.

En el otro caso, si la persona que recibió la donación quisiera vender la propiedad en $2.1 millones, ella cargaría con el impuesto de $1.1 millones, ya que Juan nunca pagó el impuesto desde que la compró, por ende ella será la responsable de pagarlo.

 

En el tema del ISAI dependerá de cada municipio, hay algunos que también en donaciones lo toman exento, pero hay otros que no, y aunque sea donación de cualquier manera se cobrará el ISAI.

 

En el caso de una donación, siempre hay que analizar qué se va a hacer con el bien de parte de quien lo reciba, ya que eso dependerá en gran medida ver cuándo se paga el ISR de quien está donando, si desde que se recibe la donación o hasta después.

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CÉSAR RAMIREZ

El socio director de nuestra firma es César Ramírez, quien es Licenciado en Derecho, Licenciado en Contaduría y Maestro en Impuestos por la Benemérita Universidad Autónoma de Zacatecas. En los 3 programas obtuvo el mejor promedio de su generación y en la Licenciatura en Contaduría obtuvo una mención especial por haber obtenido un promedio de 10. Se ha desempeñado a lo largo de más de 10 años en ayudar a las empresas a optimizar su carga fiscal siempre en el marco de la Ley. Actualmente imparte cursos en la academia propia de la firma “Estratega Fiscal”.

2 Comentarios

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    Javier López

    2023-08-01 13:50:45

    Gracias por compartir esta información, Saludos

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    RANDY ROLDAN

    2023-08-01 07:26:38

    Excelente contenido, Mtro. Espero seguir leyendo este tipo de información, lo mas recurrente posible, muchas gracias por compartir. Mtro. Randy Roldán.

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